Información sobre visado
Información sobre visado
Información sobre la visa de estudiante F1 para estudiantes de inglés como segunda lengua
- ¿Necesito una visa de estudiante?
- ¿Cómo obtengo una visa de estudiante?
- ¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos con mi visa de estudiante?
- ¿Puedo prolongar mi estancia después de comenzar el curso?
- ¿Puedo transferirme a CISL si he llenado el formulario I-20 con otra escuela?
- ¿Qué es la tarifa de SEVIS?
- ¿Quién debe pagar la tarifa de SEVIS?
- ¿Cuánto cuesta la tarifa de SEVIS?
- ¿Cómo pago la tarifa de SEVIS?
- ¿Puede otra persona pagar mi tarifa de SEVIS en mi nombre?
- ¿Cuándo debo pagar esta tarifa? ¿Con cuánta anticipación?
- ¿Recibiré un recibo?
- Si mi visa es negada, ¿me reembolsan el pago de la tarifa de SEVIS?
- Si cambio de escuela, ¿tengo que volver a pagar esta tarifa?
- ¿Quién está exento de pagar la tarifa de SEVIS?
- ¿Qué es el ESTA?
- ¿Dónde puedo obtener más información sobre la tarifa de SEVIS?
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Póngase en contacto con nosotros y estaremos encantados de ayudarle. También podemos hablar por Skype o nos puede pedir que le devolvamos la llamada por Skype.
Los futuros estudiantes de CISL que no son ciudadanos de los Estados Unidos generalmente necesitarán obtener (1) una visa de no inmigrante para estancia temporal o (2) una visa de inmigrante para residencia permanente. La mayoría de los estudiantes de CISL están en los Estados Unidos para una estancia temporal con una visa de estudiante (F) o una visa de visitante (B). Las personas que necesiten solicitar una visa de no inmigrante y tengan planeado venir a los Estados Unidos con la intención principal de estudiar en un curso de tiempo completo (18 horas o más por semana) deben solicitar una visa de estudiante. Las personas que vengan a los Estados Unidos para una estadía temporal por razones turísticas y para tomar un curso de medio tiempo (menos de 18 horas por semana) deben (1) solicitar una visa de turista (B) o (2) participar en el Programa de Exención de Visa (en inglés: Visa Waiver Program, VWP). Los ciudadanos de los países participantes en el Programa de exención de visa (ver lista de países de exención de visa) pueden revisar los requisitos y solicitar autorización para viajar a los Estados Unidos sin una visa de visitante en https://esta.cbp.dhs.gov/esta/.
1. Las personas que deseen solicitar una visa de estudiante F-1 necesitan un Certificado de Elegibilidad (Formulario I-20) antes de programar una entrevista para la visa. CISL proporcionará un formulario I-20 a los estudiantes inscritos en un curso de tiempo completo que hagan lo siguiente:
- Completen y envíen una solicitud a CISL,
- Paguen la matrícula y tarifas y, además,
- Presenten los siguientes documentos:
- Copia del pasaporte y
- Documentos que demuestren recursos financieros suficientes para todos los gastos de matrícula y manutención durante la estadía en CISL. Los recursos financieros se pueden demostrar de varias maneras:
- Una copia reciente de un estado de cuenta bancario,
- Una carta de responsabilidad financiera redactada por un patrocinador, en la cual se evidencien los recursos del patrocinador financiero (por ejemplo, una copia reciente del estado de cuenta bancario del patrocinador). Un patrocinador puede ser un individuo o una organización.
2. CISL enviará por correo el formulario I-20 al estudiante. Los estudiantes deben firmar el I-20 y poner la fecha.
3. El estudiante debe pagar la tarifa de SEVIS. (Más abajo encontrará información adicional sobre la tarifa de SEVIS.)
4. El estudiante debe comunicarse con una embajada o consulado de los Estados Unidos para programar una entrevista. Una lista de embajadas y consulados está disponible acá: http://usembassy.state.gov. Es importante programar la cita lo antes posible.
5. El estudiante debe seguir las instrucciones de la embajada o consulado pagando la tasa de solicitud de visado y rellenando los formularios de solicitud de visado.
6. El estudiante debe asistir a la entrevista para la visa. Los estudiantes deben traer todos los siguientes documentos:
- Pasaporte (debe tener validez por un periodo de al menos 6 meses a partir de la fecha de llegada a los EE.UU.),
- Formulario I-20 emitido por CISL,
- Confirmación de inscripción en CISL,
- Formularios de solicitud de visado cumplimentados,
- Recibo del pago de solicitud de visado,
- Recibo del pago de la tarifa de SEVIS,
- Documentos que demuestren los recursos financieros,
- Si hubo alguna falla al subir la foto del formulario en línea DS-160, el estudiante debe traer una foto nueva que cumpla con los siguientes requisitos: https://travel.state.gov/content/visas/en/general/photos.html y
- Cualquier otra información que demuestre que el estudiante regresará a su país de origen después de terminar sus estudios.
Los estudiantes deben consultar el sitio web de la embajada de los Estados Unidos en su país y revisar si hay requisitos adicionales.
Por lo general, cuando usted entra a los Estados Unidos con visa de estudiante, su visa tendrá el mismo periodo que dure su estatus como estudiante. Esto significa que puede quedarse mientras sea estudiante de tiempo completo (incluso si la visa F-1 en su pasaporte se vence mientras está en los Estados Unidos). Después de haber completado los estudios indicados en el Formulario I-20, usted puede permanecer en los Estados Unidos por 60 días adicionales para prepararse para su partida de los Estados Unidos.
Los estudiantes con visa F-1 deben solicitar extensiones del programa antes de la fecha de finalización indicada en su documento I-20 si desean continuar estudiando en CISL de tiempo completo. Si la solicitud es aprobada, la escuela emitirá un documento I-20 revisado para el estudiante, en el cual se incluirán las nuevas fechas de estudio. Los estudiantes deben tener buen desempeño académico y tener los recursos financieros suficientes para ser elegibles para las extensiones del curso (nota: la tasa de asistencia debe ser del 85%, o superior, para ser elegible para una extensión del curso).
Los estudiantes con visa F-1 pueden solicitar que sus registros SEVIS sean transferidos de una escuela a otra. Los solicitantes de CISL con formularios I-20 emitidos por otras escuelas deben completar la solicitud de CISL y enviar a CISL una copia de su formulario I-20 actual, del pasaporte y de los documentos financieros. Por favor, póngase en contacto con la escuela de San Francisco en sf@cisl.edu o con la escuela de San Diego en info@cisl.edu para más información sobre los requisitos para las transferencias I-20.
El Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS, por sus iniciales en inglés) supervisa el estado de los estudiantes y visitantes de intercambio en los Estados Unidos. Las escuelas pueden crear formularios I-20 usando este sistema. La tarifa de SEVIS se utiliza para financiar este sistema. Vea más información aquí: http://www.ice.gov/sevis/i901/faq2.htm.
Usted debe pagar la tarifa de SEVIS si:
- Solicita una visa F-1 o F-3 y se le emitió un Formulario I-20 inicial el 27 de octubre de 2008, o después,
- Pagó la tarifa de SEVIS hace más de doce meses, se le negó una visa y está volviendo a solicitar una visa,
- Es estudiante F-1 o F-3 y desea cambiar su estatus a M-1, M-3 o J-1 o
- No ha tenido ningún estatus durante un periodo superior a cinco meses y solicita su reincorporación.
Puede leer más sobre los requisitos de tarifas de SEVIS aquí: http://www.ice.gov/sevis/i901/faq.htm.
La tarifa de SEVIS cuesta 200 dólares.
La tarifa de SEVIS puede pagarse en línea en https://www.fmjfee.com/i901fee/index.jsp completando el formulario I-901 y usando una tarjeta de crédito (Visa, Master Card o American Express). Es importante guardar una copia del recibo de pago de la tarifa de SEVIS.
Sí. Usted puede pagar por su cuenta u otra persona puede hacerlo por usted. Puede pedir a CISL que pague esta tarifa en su nombre. Si solicita que CISL pague su tarifa de SEVIS, CISL le cobrará esta tarifa de $200 a usted, luego le pagará al SEVIS y le enviará el recibo a usted.
Lo mejor es pagar la tarifa de SEVIS tan pronto como se reciba el formulario I-20, pues el procesamiento puede tomar tiempo. Si paga la tarifa de SEVIS menos de tres días hábiles antes de la entrevista, asegúrese de llevar consigo el recibo de pago de esta tarifa en papel a la entrevista como prueba de pago.
Sí. Usted debe poder demostrar que ha pagado la tarifa. Si pagó por internet, puede imprimir inmediatamente un recibo. Si pagó al menos tres días hábiles antes, la embajada u oficina consular deberá estar en capacidad de verificar electrónicamente que usted sí pagó. Sin embargo, es una buena idea guardar una copia impresa de su recibo del pago de la tarifa de SEVIS.
No. Si ya pagó, la tarifa de SEVIS no es reembolsable (a menos que esta haya sido pagada por error). Si le niegan la visa, no se le reembolsará el pago de la tarifa de SEVIS. Si decide no solicitar una visa F-1, tampoco se le reembolsará el pago de la tarifa de SEVIS. Si vuelve a solicitar un visa F-1 nueva durante los 12 meses siguientes a la denegación, puede transferir el pago de la tarifa de SEVIS a su nuevo número de SEVIS poniéndose en contacto con el equipo de I-901 Fee Help Desk (Servicio de Asistencia de Tarifas) en el teléfono 1-877-815-1205.
No. Si ha sido admitido en más de una escuela y usó el número de identificación SEVIS de una escuela a la que no irá, usted no tendrá que volver a pagar la tarifa de SEVIS. Solo debe traer el formulario I-20 de la escuela para la que pagó la tarifa y su recibo del pago de la tarifa de SEVIS cuando vaya al consulado.
1. Un estudiante que siga manteniendo su estatus de estudiante y esté usando un formulario I-20 emitido antes del 1 de septiembre de 2004.
2. Un estudiante que solicite una visa para regresar a los Estados Unidos para continuar un programa de estudios, en el cual él/ella haya mantenido su estatus de estudiante, y que no haya sido completado. Esto incluye regresar a los Estados Unidos para reanudar los estudios después de una ausencia temporal de menos de 5 meses.
3. Un estudiante que se transfiera de una escuela a otra que tenga el mismo nivel educativo.
4. Un estudiante que solicite una extensión de su estadía porque necesita tiempo adicional para completar el programa.
5. Alguien que ya pagó la tarifa y que volvió a solicitar una visa de estudiante durante los 12 meses posteriores a una denegación de visa.
6. Un estudiante que solicite el restablecimiento de su condición de estudiante y que no haya tenido este estatus por más de 5 meses.
ESTA es la abreviatura del Electronic System for Travel Authorization (Sistema electrónico de autorización de viajes). El ESTA es un sistema de solicitud en línea desarrollado por el gobierno de los Estados Unidos para realizar evaluaciones previas a los viajeros antes de que se les permita abordar un avión o un barco con destino a los Estados Unidos. A partir del 12 de enero de 2009, cualquier persona que entre a los Estados Unidos bajo el programa de exención de visa debe tener una Autorización de Viaje aprobada por el ESTA. Por favor visite el sitio web de ESTA para obtener información adicional o haga su solicitud acá en el sitio web del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos.